Día del Periodista: 88 vulneraciones a la libertad de expresión se registraron en el último año

El Observatorio de Defensoras y Defensores de Derechos, de la Unión Nacional de Instituciones para el Trabajo de Acción Social (UNITAS), identificó entre marzo de 2018 y febrero de 2019 un total de 88 vulneraciones a la libertad de expresión en sus diversas aristas, siendo la estigmatización la más evidenciada.

Estas 88 vulneraciones están agrupadas en 14 actos contrarios a la libertad de expresión: estigmatización, autocensura, amedrentamiento de periodistas, criminalización, sistemas de vigilancia, condicionamientos previos, censura previa, atentados contra el discurso de interés público, acceso a la información, obstaculización en procesos electorales, reserva de fuentes de información, asignación discriminatoria de publicidad oficial y derecho a ejercer el periodismo.

Chantaje publicitario obliga a medios devaluar el periodismo

El Presidente de la ANPB, Pedro Glasinovic, examina los casos de los periodistas Juan Pablo Guzmán y Erwin Valda que anunciaron su retiro de los medios donde ejercían su labor informativa, uno en La Paz y el segundo en Potosí, pocas horas después de una reunión entre el Gobierno y los propietarios de medios. |

Wilson García Mérida | Redacción y Fotos Sol de Pando



ACTA CONSTITUTIVA - "DEFENSA 106"

“Defensa 106” es una iniciativa auto- gestionada, libre e independiente conformada por ciudadan@s bolivian@s comprometidos con los principios democráticos que tienen en la defensa de los Derechos Humanos Universales uno de sus principales fundamentos.
 
El Derecho Humano a la Comunicación e Información (DHCI) forma parte de esos Derechos Universales, con la importancia adicional de que su irrespeto torna inviable todo proyecto democrático e inhabilita la vigencia real de los demás derechos.
La actual Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia reconoce la existencia del DHCI en su artículo 106, el mismo que a la letra dice: 

Artículo 106
 

      I.    El Estado garantiza el derecho a la comunicación y el derecho a la información.

     II.    El Estado garantiza a las bolivianas y los bolivianos el derecho a la libertad de expresión, de opinión y de información, a la rectificación y a la réplica, y el derecho a emitir libremente las ideas por cualquier medio de difusión, sin censura previa.
 

      III.    El Estado garantiza a las trabajadoras y los trabajadores de la prensa, la libertad de expresión, el derecho a la comunicación y a la información.
 

      IV.    Se reconoce la cláusula de conciencia de los trabajadores de la información.
 Bajo tal marco, se constituye en Cochabamba- Bolivia, la iniciativa ciudadana “Defensa106” con participación de los ciudadanos que firman el presente documento fundacional (y otros que podrían incorporarse), impulsados por la convicción y necesidad de profundizar en el significado de ese Artículo constitucional, en sus alcances y en su ejercicio efectivo, además de desplegar acciones concretas que ayuden a darle vigencia.

“Defensa 106” realizará sus actividades de manera independiente rechazando influencias de cualquier naturaleza: gubernamental, política-partidista, religiosa, empresarial, o de intereses particular.

El principio rector es que los derechos humanos pertenecen a la ciudadanía en su conjunto sin distinción de ninguna índole y que, por tanto, es ella la matriz, el origen y la propietaria del sistema democrático, por lo que todas las instituciones  políticas deben ser respetuosas del principio de servicio a la ciudadanía y a la protección de sus derechos.
 

Bajo tal marco filosófico y doctrinal “Defensa 106” organizará sus labores en torno a los siguientes núcleos temáticos de carácter general y que demandarán, en cada aplicación específica, las delimitaciones conceptuales que correspondan:
 

  • Análisis de los principios filosóficos y doctrinarios de la Democracia

  • Los Derechos Humanos Universales como principios rectores y fundamentales para la Democracia.  

Análisis del  artículo 106 de la CPE y los artículos relacionados al campo de la comunicación y los derechos civiles. Marco Jurídico complementario

  • El DHCI:
   - Sus características conceptuales, alcances y su condición de “derecho  articulador” para el ejercicio y vigencia de los demás Derechos Humanos.
   - Su matriz ética 
   - Su vigencia nacional en internacional.
   - Sus amenazas (políticas gubernamentales, medios de comunicación, censuras, autocensuras)
   - Sus dimensiones: Libertad de pensamiento, Libertad de expresión, Libertad de Opinión. Libertad de Prensa. Ley de Imprenta de 1925.
   - Su tratamiento y respeto en medios masivos y redes sociales.

A tal fin “Defensa 106” analizará permanentemente las circunstancias y coyunturas de la política boliviana en torno al respeto y a la vigencia del Art. 106, organizando conferencias, foros, mesas redondas, debates, investigaciones, proclamas, contactos inter-institucionales, cursos, seminarios, talleres y otras actividades afines y compatibles con el objetivo general que se persigue, procurando la mayor difusión pública de todo ello mediante medios masivos, redes sociales, etc.

Se buscará el trabajo conjunto con carreras universitarias de comunicación y periodismo, medios de comunicación y, en general, con personas y grupos ciudadanos similares, tanto locales, nacionales como internacionales.
 

En señal de conformidad  firman el presente documento fundacional, en Cochabamba, a los 14 de diciembre del año 2018.
 

FIRMAS:
 

Rojas, Constantino C.I. 1273012 PT

Lohman, María C.I. 484499 LP

Carranza, Alejandra C.I. 5230994

Castro Escalante, Sonia 952717 Cbba

Ayala, Emiliana CI 5176245

Estremadoiro, Rocío CI 3022414 Cba

Ponce Blanco, Jaime C.I. 2294575 LP

Miranda, Ernesto CI 598138 OR

Soria Galvarro Urey, María Celsa C.I. 999484 Cbba

Zapata Gunnar CI